Subasta Inmueble (Solar) en Busot, Alicante/Alacant

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Mapa de Subasta Inmueble (Solar) en Busot, Alicante/Alacant
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Cl Carrasqueta-ur Pla Lloma 85, Busot (Alicante/Alacant)
Valor de la subasta
948,97 €

Puja mínima
474,49 €

50.00% de la valoración

Deposito
47,45 €

5.00% de la valoración

Tramos entre pujas
300,00 €

31.61% de la valoración

Fecha de inicio
No consta

Fecha cierre
No consta fecha de finalización

Información de la subasta

Información de la subasta

El valor de la subasta del BOE es de 948,97 €. La puja mínima para participar en esta subasta del BOE es de 474,49 €. Para formar parte de la subasta, se requiere un depósito de 47,45 €. Los incrementos entre pujas deben ser de 474,49 €. El inmueble en subasta se encuentra ubicado en CL CARRASQUETA-UR PLA LLOMA 85, 03111, BUSOT, Alicante/Alacant. El código oficial de la subasta del BOE es SUB-RC-2026-0026I20250045. Utilice este código para cualquier consulta relacionada. La cantidad reclamada en esta subasta asciende a 1782,90 €. Esta subasta del BOE representa una oportunidad única para adquirir un activo valioso. Revise todos los detalles y participe antes de la fecha de cierre.

Descripción

100,00% de propiedad plena de solar urbano, trozo de terreno destinado a vial, señalado en el plano con la letra "B", situado en Busot, Urbanización La Lloma y cuyo terreno será objeto de cesión al Ayuntamiento de Busot. Tiene una superficie de 173,17 m². Linda por su frente, derecha e izquierda con la calle Carrasqueta; y por el fondo con las 10 parcelas segregadas de igual finca matriz.

Cantidad reclamada

1782,90 €

Anuncio BOE

BOE-B-2026-8889

Codigo subasta

SUB-RC-2026-0026I20250045

Información del bien

Dirección

Cl Carrasqueta-ur Pla Lloma 85

Código Postal

03111

Localidad

Busot

Provincia

Alicante/Alacant

Vivienda habitual

No

Situación posesoria

Sin ocupantes

Visitable

Cargas

1 - Por procedencia de la finca 2/3565 Asiento: 1, Tomo 898, Libro 45, Folio: 91 que procedía de la finca 2/2378 Asiento:9, Tomo: 835, Libro 42, Folio: 116, fecha: 19/02/1987. De paso para personas o vehículos de tracción mecánica o animal, que discurre por caminos de seis metros de anchura, incluyendo las regueras donde las haya. En favor de las fincas registrales: 3088, 3251, 3252, 3287, 3286, 3283, 3291, 3375, 3524, 3527, 3376, y 3374 según certificación dominio y cargas.

Información adicional

El perito informa que la finca forma parte de la ref catastral 3833612-YH2630S-0001-J-G. Asimismo indica que es suelo no urbanizable al destinarse la parcela a vial a ceder al Ayuntamiento. Informe urbanístico Ayuntamiento de Busot indicando que "no se ha cumplido el objeto de la descripción del terreno establecido en la nota simple informativa del bien al no formalizarse la cesión del terreno a favor del Ayuntamiento de Busot". La adquisición por el eventual licitador de la finca lo será con conocimiento de la condición de destino de la misma, en ejecución del planeamiento urbanístico y sujeto, por tanto, a la eventual acción de la Administración para su cumplimiento. Que al respecto de la transmisión a tercero de fincas que deban destinarse a zona verde y/o viales, la Resolución de 5 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (BOE 26/06/2020 Num 177 Pág. 44825): "no puede desconocerse que la finca objeto de la escritura cuya calificación ha motivado este recurso aparece inscrita a nombre de una sociedad mercantil y, sin perjuicio del destino que el planeamiento urbanístico le tenga asignado, continúa siendo de dominio privado. (...)La jurisprudencia viene manteniendo que la existencia de normas urbanísticas o acuerdos municipales sobre ejecución del planeamiento que afecten a terrenos de propiedad privada no implica que estos pasen al dominio público por tal razón, hasta tanto no exista el acto formal de cesión de tales terrenos. (...)A la vista de lo expuesto, ha de concluirse que la finca (...) puede transmitirse a cualquier persona física o jurídica, tanto pública como privada, puesto que en el Registro figura a nombre de una sociedad mercantil y no aparecen limitaciones a la libre disposición impuestas a su titular, lo que es consecuencia del principio de legitimación registral _artículo 38 de la Ley Hipotecaria_ en cuanto a la presunción de existencia y pertenencia del derecho inscrito a su titular registral"

Inscripción registral

Registro de la propiedad 1 de XIXONA, Tomo 1301, Libro 75, Folio 61, Finca Registral num. 5120

Autoridad gestora

Código

03002001

Descripción

Suma Gestión Tributaria. Diputación de Alicante (Suma Gestión Tributaria)

Dirección

RAMBLA MÉNDEZ NÚÑEZ, 42 ; 03002 ALACANT/ALICANTE

Teléfono

965 292 000

Fax

965 148 585

Correo electrónico

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